Reporte enero 2000Derechos
Humanos durante el Siglo XX
Radio Internacional Feminista |
El concepto de discriminación de género aparece
incluído en uno de los artículos la Declaración Universal
de Derechos Humanos, donde por primera vez se globalizó el tema
de los derechos humanos de las mujeres.
El artículo reconocía la necesidad de la no-discriminación
sobre la base del sexo. Dicha conquista tradicionalmente le fue atribuida
a Eleanor
Roosevelt. Lo cierto es que la historia no
contada reconoce que algunas mujeres africanas y también latinoamericanas
y del caribe como Berta
Lutz de Brasil, y Mireya
Bernardino de República Dominicana, fueron
las que verdaderamente lograron colocarlo tal como aparece hoy.
Esta revelación fue narrada al Radio Internacional Feminista,
FIRE en 1992 por Margaret Bruce, quien fuera en la década de los
70 Secretaria de la Subcomisión de la Condición Jurídica
y Social de la Mujer de Naciones Unidas:
Margaret
Bruce:
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Marcela
Lagarde:
Etnóloga mexicana, doctora en antropología y académica universitaria. Apretar |
El principio de la no-discriminación por el sexo, que se legitima en la Declaración Universal, se expande en varios documentos de la Naciones Unidas. Así aparece consagrado en el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el cuál contiene un artículo que consagra que:
..." A igual trabajo debe haber igual salario..." |
Protege también la maternidad referida a los derechos
laborales de las mujeres trabajadoras, e incluye el Pacto de Derechos Civiles
y Políticos, cuando en su articulado, menciona el derecho a participar
en la vida pública sin ser objeto de discriminación, pero
sí de la igualdad ante la ley.
Más
adelante, surgieron nuevos Instrumentos Internacionales que contemplan
la no-discriminación sobre la base del sexo.
Algunos ejemplos son:
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Ciudadanía - Salud Sexual y Reproductiva - Discriminación de Género - Violencia -Leyes - Tribunales